¿Está realmente el arzobispo Viganò en cisma?

 

En este artículo examinaremos los cargos del Vaticano contra el arzobispo Carlo Maria Viganò y nos preguntaremos si es realmente culpable del crimen de cisma.  

 El 5 de julio de 2024, el Vaticano declaró que el arzobispo Carlo Maria Viganò se había excomulgado automáticamente porque era culpable del “delito [crimen] de cisma”. 

En este artículo examinaremos la acusación del Vaticano contra el arzobispo y nos preguntaremos si es realmente culpable del crimen de cisma. 

¿Qué es la excomunión automática? 

La excomunión es “una censura o pena por la cual una persona delincuente u obstinada queda excluida de la comunión de los fieles, hasta que, después de abandonar su contumacia, sea absuelta”. [1]

La Iglesia puede ejercer este poder de dos maneras.

La primera es asociar la pena de excomunión a ciertos delitos específicos, de modo que si una persona es culpable de uno de estos delitos quede automáticamente excomulgada por ese mismo hecho. Esto se llama excomunión latae sententiae.  

La segunda forma es dictar sentencia judicial contra una persona que ha sido declarada culpable de un delito. A esto se le llama excomunión ferendae sententiae .   

El Vaticano ha declarado que Viganò está excomulgado latae sententiae porque, alegan, ha cometido el delito de cisma.  

El documento del Vaticano afirma que:   

Son bien conocidas sus declaraciones públicas manifestando su negativa a reconocer y someterse al Sumo Pontífice, su rechazo a la comunión con los miembros de la Iglesia sujetos a él, y a la legitimidad y autoridad magisterial del Concilio Vaticano II.  

Pero, ¿la posición públicamente expresada por Viganò constituye realmente una prueba de que es culpable del crimen de cisma? 

¿Qué es el cisma? 

El cisma se define de la siguiente manera: 

Los cismáticos son aquellos que se niegan a someterse al Soberano Pontífice y a tener comunión con aquellos miembros de la Iglesia que reconocen su supremacía. [2]

Para ser miembro de la Iglesia Católica hay que someterse a la autoridad que Jesucristo, Divina Cabeza de la Iglesia, ejerce a través de su Vicario, el Romano Pontífice, y del colegio de obispos en unión con él. Este poder es triple: el de santificar, el de enseñar y el de gobernar.   

El cisma es la negativa a someterse a la autoridad gobernante de la Iglesia y, por lo tanto, separa a una persona de la Iglesia. De manera similar, la herejía, que es la negativa a someterse a la autoridad docente de la Iglesia, también priva a una persona de su membresía.  

Esta enseñanza fue claramente expresada por el Papa Pío XII en su carta encíclica Mystici Corporis Christi , “Sobre el Cuerpo Místico de Cristo”: 

En realidad, sólo deben incluirse como miembros de la Iglesia aquellos que han sido bautizados y profesan la verdadera fe, y que no han tenido la desgracia de separarse de la unidad del Cuerpo, ni han sido excluidos por autoridad legítima por faltas graves cometidas. … Y, por tanto, si un hombre se niega a escuchar a la Iglesia, sea considerado –así lo manda el Señor– como un pagano y un publicano. De ello se deduce que aquellos que están divididos en fe o gobierno no pueden vivir en la unidad de tal Cuerpo, ni pueden vivir la vida de su único Espíritu Divino.  

Continuó: 

[N]o todo pecado, por grave que sea, es tal que por su propia naturaleza pueda separar a un hombre del Cuerpo de la Iglesia, como lo hace el cisma, la herejía o la apostasía. [3]

Monseñor Gerard Van Noort resume la enseñanza de los teólogos católicos sobre el cisma: 

Los cismáticos públicos no son miembros de la Iglesia. No son miembros porque por su propia acción se separan de la unidad de la comunión católica. El término comunión católica, tal como se usa aquí, significa tanto cohesión con todo el cuerpo católico (unidad de culto, etc.) como unión con la cabeza visible de la Iglesia (unidad de gobierno). [4]

Está claro entonces que quien rechaza la sumisión al Sumo Pontífice es un cismático, aunque es importante dejar claro que existen formas de desobediencia a la autoridad legítima que no implican el rechazo de la autoridad misma. El teólogo Sylvester Hunter SJ escribe:  

El pecado de cisma especialmente llamado, lo comete aquel que, siendo bautizado, por acto público y formal renuncia a la sujeción a los gobernantes de la Iglesia; también por quien participa formal y públicamente en cualquier culto religioso público que se establezca en rivalidad del de la Iglesia. No es un acto de cisma negar la obediencia a una ley o precepto del Sumo Pontífice o de otro Superior eclesiástico, siempre que esta negativa no equivalga a una renuncia a toda sujeción a él. [5] 

¿Viganò rechaza la sumisión al Sumo Pontífice? 

De sus declaraciones públicas se desprende claramente que Viganò rechaza la sumisión a Jorge Mario Bergoglio, quien actualmente afirma ocupar la Sede de San Pedro bajo el nombre papal de Francisco.  

Sin embargo, está igualmente claro que Viganò, con este acto, no pretende negarse a someterse al Sumo Pontífice porque no cree que Francisco ocupe ese cargo. Un ejemplo claro, tomado de su declaración en respuesta a la acusación de cisma del Vaticano , bastará para expresar la posición del arzobispo:  

Rechazo firmemente la acusación de haber roto el manto sin costuras del Salvador y de haberme apartado de estar bajo la Suprema Autoridad del Vicario de Cristo: para separarme de la comunión eclesial con Jorge Mario Bergoglio, primero tendría que haber sido en comunión con él, lo cual no es posible ya que el propio Bergoglio no puede ser considerado miembro de la Iglesia, debido a sus múltiples herejías y a su manifiesta extrañeza e incompatibilidad con el papel que inválida e ilícitamente desempeña. 

Está claro, por tanto, que Viganò pretende negarse a la sumisión a Francisco, pero no pretende negarse a la sumisión al Sumo Pontífice. No considera a Francisco como el Sumo Pontífice. 

  • ¿Es cismático negarse a someterse a un aspirante dudoso al papado? 
  • ¿Son realmente dudosas las afirmaciones de Francisco sobre el papado? 

¿Es cismático el rechazo de un Papa dudoso?  

Negarse a someterse al Romano Pontífice o a los Sucesores de los Apóstoles que gobiernan la Iglesia en unión con él es cismático. 

Sin embargo, uno no tiene la obligación de obedecer a un superior cuyo derecho a un cargo es dudoso. 

En su comentario al Código de Derecho Canónico de 1917, el P. Francisco X. Wernz y el P. Peter Vidal afirma que “sería temerario obedecer a un hombre que no ha acreditado su título ante la ley”. Explican más: 

[L]a jurisdicción es esencialmente una relación entre un superior que tiene derecho a la obediencia y un sujeto que tiene el deber de obedecer. Ahora bien, cuando falta una de las partes en esta relación, la otra necesariamente deja de existir, como se desprende de la naturaleza de la relación. [6]

En otras palabras, una persona sólo tiene la obligación de obedecer cuando hay alguien que tiene la capacidad de recibir esa obediencia. Sólo se puede tener la obligación de someterse a un Papa cuando hay un Papa al que uno puede someterse. 

Continúan: 

Sin embargo, si un Papa duda verdadera y permanentemente, el deber de obediencia hacia él no puede existir por parte de ningún súbdito. Porque la ley, 'Se debe obediencia al sucesor de San Pedro legítimamente elegido', no obliga si es dudosa; y ciertamente es dudoso que la ley haya sido promulgada dudosamente, porque las leyes se instituyen cuando se promulgan, y sin suficiente promulgación carecen de parte constitutiva o condición esencial.  

Como se explica en otro lugar , para que una ley o mandato sea legítimo debe ser debidamente promulgado por una autoridad legítima. Si la legitimidad de una autoridad es dudosa, también lo es la ley o el mandato, y no puede haber ninguna obligación intrínseca de observarla. Si esto fuera de otra manera, conduciría a la posición absurda de que cualquiera con alguna pretensión de plausibilidad podría pretender tener autoridad, y otros estarían obligados a obedecerla.   

Por ejemplo, si fuera así, uno estaría obligado a obedecer a alguien que actuara en el papel de oficial de policía, oficial del ejército u obispo, mientras uno tuviera dudas sobre si sus afirmaciones eran genuinas. La obligación de obedecer a autoridades dudosas sería el fin de la autoridad legítima y de la verdadera libertad.  

Por eso, con referencia al papado, Wernz y Vidal continúan: 

Pero si el hecho de la elección legítima de un sucesor particular de San Pedro sólo se demuestra de manera dudosa, la promulgación es dudosa; de ahí que ese derecho no esté debida y objetivamente constituido por sus partes necesarias, y siga siendo verdaderamente dudoso y por tanto no pueda imponer obligación alguna.  

De hecho, sería imprudente obedecer a un hombre que no había demostrado su título ante la ley.  

Y continúan: 

La misma conclusión se confirma a partir de la visibilidad de la Iglesia. Pues la visibilidad de la Iglesia consiste en que posee tales signos y signos de identificación que, cuando se ejerce diligencia moral, puede ser reconocida y discernida, especialmente por parte de sus funcionarios legítimos. Pero en el supuesto que estamos considerando, no se puede encontrar al Papa ni siquiera después de un examen diligente. Por lo tanto, es correcta la conclusión de que un Papa tan dudoso no es la cabeza adecuada de la Iglesia visible instituida por Cristo. 

Si no se puede ver, después de haber realizado la debida diligencia, que un hombre posee todos esos signos y marcas de identificación propios de un Papa –como ser varón, estar bautizado, profesar públicamente la fe católica, en comunión con los miembros de la Iglesia, en en posesión del uso de razón y debidamente elegido y aceptado por la Iglesia, entonces no se puede concluir razonablemente que tal hombre sea de hecho el Papa. (Para obtener más información sobre lo que se requiere para una elección papal válida, consulte aquí ).  

Un Papa dudoso no debe considerarse Papa. De hecho, existe una máxima tradicional: “papa dubius, papa nullus”. Un Papa dudoso no es Papa.  

Rechazar la sumisión a un Papa dudoso es un acto de prudencia, no un acto de cisma. 

Wernz y Vidal escriben: 

No pueden contarse entre los cismáticos, que se niegan a obedecer al Romano Pontífice porque consideran que su persona es sospechosa o dudosamente elegida a causa de los rumores que circulan. [7]

Ésta es la enseñanza estándar de los teólogos católicos.  

El cardenal Cayetano, renombrado teólogo del siglo XV, afirma:   

Si alguien, por motivos razonables, tiene sospechas de la persona del Papa y rechaza su presencia e incluso su jurisdicción, no comete el delito de cisma, ni ningún otro, siempre que esté dispuesto a aceptar al Papa si no lo hiciera. mantenido bajo sospecha. [8]

Y el destacado teólogo del siglo XVII Juan de Lugo comenta: 

[No] será cismático quien niegue la sumisión al Papa porque probablemente dude de su legítima elección o de su autoridad. [9] 

Y el teólogo de mediados del siglo XX, el reverendo Ignatius J. Szal, escribe: 

Tampoco hay cisma... si uno rechaza la obediencia en la medida en que sospecha de la persona del Papa o de la validez de su elección, o si se le resiste como jefe civil de un estado. [10]

Por lo tanto, está claro que negarse a someterse a un aspirante al papado porque su reclamo es dudoso no es cismático.   

Ahora debemos preguntarnos si las pretensiones de Francisco sobre el papado son dudosas.  

¿Es Francisco un Papa dudoso?  

Un número cada vez mayor de católicos considera moralmente cierto o al menos probable que Jorge Mario Bergoglio nunca fue elegido válidamente para el cargo papal o, si lo fue, desde entonces lo perdió.    

Hay una serie de argumentos diferentes que se esgrimen para apoyar esta posición. 

Hacer justicia a todos estos argumentos y presentarlos en su forma más completa y completa está más allá del alcance de este artículo. En lugar de ello, resumiremos brevemente algunos de los argumentos más importantes, al tiempo que daremos referencias a presentaciones o material de apoyo más detallados.  

(i) El argumento de la pertenencia a la Iglesia

Es la enseñanza de la Iglesia Católica que los herejes públicos no son miembros de la Iglesia. Esta doctrina se ha explicado con gran detalle en este artículo sobre la herejía pública y la membresía en la Iglesia.  

El teólogo holandés Monseñor G. Van Noort resume la posición de la siguiente manera: 

Los herejes públicos (y a fortiori, los apóstatas) no son miembros de la Iglesia. No son miembros porque se separan de la unidad de la fe católica y de la profesión externa de esa fe. Obviamente, por lo tanto, les falta uno de los tres factores –bautismo, profesión de la misma fe, unión con la jerarquía– señalados por Pío XII como requisito para ser miembro de la Iglesia. El mismo pontífice ha señalado explícitamente que, a diferencia de otros pecados, la herejía, el cisma y la apostasía separan automáticamente al hombre de la Iglesia. [11]

Monseñor Van Noort, como otros teólogos, deja claro que lo que separa a una persona de ser miembro de la Iglesia es la naturaleza pública de la herejía y no la culpabilidad personal de un individuo. Él escribe: 

Por el término herejes públicos en este punto nos referimos a todos los que niegan externamente una verdad (por ejemplo la Divina Maternidad de María), o varias verdades de la fe divina y católica, independientemente de que quien lo niegue lo haga de manera ignorante e inocente (un hereje meramente material). , o intencionalmente y culpablemente (un hereje formal). [12]

También ha quedado claramente demostrado que Francisco es un hereje público. Por ejemplo, la corrección filial de 2017 identificó numerosas herejías distintas que Francisco ha profesado públicamente y nunca se ha retractado, a pesar de haber sido corregida públicamente.  

El Papa, como cabeza de la Iglesia, debe ser miembro de la Iglesia, como escribe el teólogo reverendo Sylvester Berry:  

Debe ser miembro de la Iglesia, ya que nadie puede ser jefe de ninguna sociedad a menos que sea miembro de esa sociedad. [13]

Por tanto, si Francisco no es miembro de la Iglesia, no puede ser Papa.  

El argumento se puede expresar en los siguientes silogismos:   

Premisa mayor: un hereje público no es miembro de la Iglesia católica 

Premisa menor: Francisco es un hereje público

Conclusión: Francisco no es miembro de la Iglesia católica 

Premisa mayor: el Papa es miembro de la Iglesia católica 

Premisa menor: Francisco no es miembro de la Iglesia católica 

Conclusión: Francisco no es el Papa. 

Otra línea de argumento que podría seguirse es que Francisco es un cismático público y, por lo tanto, no es miembro de la Iglesia ni Papa, debido a su persecución de los ritos tradicionales de la Iglesia Romana.  

Como escribió el famoso teólogo jesuita del siglo XVI Francisco Suárez, el Doctor Eximius : “Y en este segundo modo el Papa podría ser cismático, en caso de que no quisiera tener la debida unión y coordinación con todo el cuerpo de la Iglesia como sería el caso si intentara excomulgar a toda la Iglesia, o si quisiera subvertir todas las ceremonias eclesiásticas fundadas en la tradición apostólica, como observamos por Cayetano (ad II-II, q. 39) y, con mayor amplitud, Torquemada (1. 4, c.11).” [14]

(ii) Argumento de falta de intención para cumplir el oficio de Papa 

El arzobispo Viganò ha argumentado que Francisco no asumió el papado porque nunca tuvo la intención de desempeñar el cargo papal. Su posición se puede leer en detalle aquí . Otros han presentado argumentos similares a lo largo de los años, como los defensores de la Tesis de Cassiacum.  

La posición general podría expresarse de la siguiente manera: 

Premisa principal: un hombre que se niega resueltamente a cumplir con los deberes de un cargo que supuestamente ocupa, renuncia tácitamente o, para empezar, nunca aceptó el cargo. 

Premisa menor: Francisco se niega resueltamente a cumplir con los deberes del cargo de papado que supuestamente ocupa.  

Conclusión: Francisco renunció tácitamente o, para empezar, nunca aceptó el cargo. 

(iii) Argumento de la unidad de la Iglesia 

La Iglesia Una, Santa, Católica y Apostólica, posee cuatro marcas por las que siempre será fácilmente identificada. Estas son las marcas de (i) unidad, (ii) santidad, (iii) catolicidad y (iv) apostolicidad. 

Estas marcas siempre deben ser claramente visibles. Como enseñó el Concilio Vaticano I:  

[P]ara permitirnos cumplir la obligación de abrazar la verdadera fe y perseverar persistentemente en ella, Dios ha instituido la Iglesia por su Hijo unigénito, y le ha otorgado señales manifiestas de esa institución, para que sea reconocida. por todos los hombres como guardián y maestro de la Palabra revelada. [15]

La primera de estas marcas, la de la unidad, se manifiesta como (i) unidad de fe, (ii) unidad de culto y (iii) unidad de gobierno. La Iglesia está siempre visiblemente unida en la fe, de modo que esa unidad es obvia para cualquier observador honesto. Esta unidad de fe se realiza mediante la sumisión de todos los miembros de la Iglesia a la regla de fe propuesta por el magisterio de la Iglesia.  

Monseñor Van Noort explica: 

La unidad de fe que Cristo decretó sin reservas consiste en que todos acepten las doctrinas presentadas para la fe por el magisterio de la Iglesia. De hecho, nuestro Señor no requiere nada más que la aceptación por parte de todos de la predicación del colegio apostólico, un cuerpo que continuará para siempre; o, lo que es lo mismo, de los pronunciamientos del magisterio de la Iglesia, que Él mismo estableció como regla de fe. Y la unidad esencial de la fe definitivamente requiere que todos sostengan todas y cada una de las doctrinas clara y distintamente presentadas para ser creídas por el magisterio de la Iglesia; y que todos sostengan estas verdades explícita o al menos implícitamente, es decir, reconociendo la autoridad de la Iglesia que las enseña. [16]

El principio visible de esta unidad es el Papa, que es el maestro supremo de la fe. Al ser sumisa a las enseñanzas del Papa, la Iglesia está unida en esa notable unidad de fe que es una de sus marcas visibles. La palabra principio aquí significa origen. La Iglesia está visiblemente unida porque cada miembro se somete a las enseñanzas del Papa.  

Pero está bastante claro que Francisco no es la causa de la unidad visible de los fieles católicos. De hecho, el rechazo de las herejías enseñadas por Francisco es algo común a todos los fieles católicos. De hecho, si una persona se sometiera a todo el cuerpo de doctrina propuesto por Francisco, como resultado de esa sumisión, se apartaría de la unidad visible de la fe. 

Como Francisco no es el principio visible de unidad de la Iglesia católica, no puede ser el Papa. 

(iv) Argumento de la infalibilidad disciplinaria de la Iglesia 

Este argumento se basa en la infalibilidad de las leyes universales de la Iglesia.   

El Papa nunca podrá dictar leyes universales ni establecer disciplinas que sean intrínsecamente malas.   

El Papa Pío IV en la bula papal Auctorem Fidei de 1578 , condenó la siguiente proposición:  

'...la Iglesia, que está regida por el Espíritu de Dios, podría establecer una disciplina no sólo inútil e insoportable para el espíritu cristiano, sino incluso peligrosa, nociva y conducente a la superstición y al materialismo.'

Dom Prosper Gueranger resumió la enseñanza estándar de los teólogos:  

Es un artículo de la doctrina católica que la Iglesia es infalible en las leyes en que consiste su disciplina general –de modo que no es lícito sostener, sin romper con la ortodoxia, que una norma que emana del poder soberano en la Iglesia con la intención de de obligar a todos los fieles, o al menos a toda una clase de fieles, podría contener o favorecer errores de fe o de moral.    

De esto se desprende que, además del deber de sumisión en la conducta, impuesto por la disciplina general a todos aquellos a quienes ella gobierna, debemos reconocer un "valor doctrinal" en normas eclesiásticas como ésta. [17]

El cardenal Louis Billot resume esta doctrina de la siguiente manera: 

[L]a Iglesia es asistida por Dios para que nunca pueda instituir una disciplina que sea de alguna manera contraria a la regla de la fe o a la santidad evangélica. [18]

La Iglesia es una buena guía. Los fieles siempre pueden someterse a sus leyes y disciplinas, con la seguridad de que ayudarán a las almas a ir al cielo. Sin embargo, las normas de Francisco llevan a las almas al error y al pecado. Por ejemplo, en Amoris Laetitia ha dado permiso para que quienes viven en adulterio público reciban la Sagrada Comunión y en Fiducia Supplicans ha permitido la bendición de “parejas” del mismo sexo.  

Al establecer normas peligrosas para toda la Iglesia, Francisco parecería estar haciendo lo que un verdadero Romano Pontífice nunca podría hacer.   

Estos son sólo cuatro de varios enfoques teológicos diferentes que podrían adoptarse para demostrar que Francisco no es el Romano Pontífice. Cada uno de ellos será expuesto con mayor profundidad y rigor en los artículos siguientes.  

Estos son argumentos basados ​​en sólidos principios teológicos y hacen que las afirmaciones de Francisco sobre el papado sean, como mínimo, dudosas.   

Otros católicos han planteado dudas sobre el cónclave que eligió a Jorge Mario Bergoglio. En particular, han señalado las maquinaciones del “grupo de San Galo”, una “mafia” confesa de cardenales y obispos que admitieron haber conspirado para asegurar la “elección” de Bergolio. Puede leer más sobre la “Mafia de San Galo” aquí.  

Algunos han argumentado que este complot pudo haber invalidado la elección papal, porque sostienen que la elección estuvo regida por las normas establecidas por Dominici Gregis de Juan Pablo II, No. 78, de las cuales dice: “Confirmando las prescripciones de mis predecesores, yo Prohibe asimismo a nadie, incluso si es cardenal, durante la vida del Papa y sin haberlo consultado, hacer planes sobre la elección de su sucesor, o prometer votos, o tomar decisiones al respecto en reuniones privadas”.

El número 76 del mismo documento dice: “ Si la elección se realiza en forma distinta a la prescrita en la presente Constitución, o no se observan las condiciones aquí establecidas, la elección es por esta misma razón nula de pleno derecho, sin cualquier necesidad de declaración al respecto; en consecuencia, no confiere ningún derecho al elegido”. Otros católicos han planteado dudas sobre la dimisión de Benedicto XVI y su impacto en la validez del cónclave de 2013.  

Si bien el presente autor considera que los argumentos teológicos son el enfoque más convincente y fructífero de la cuestión, no hay duda de que las dudas sobre el cónclave han sido motivo para que algunos duden de la validez del papado de Francisco.  

¿Es Viganò un cismático? 

En este artículo hemos visto que la negativa a someterse al Sumo Pontífice es cismática.  

Sin embargo, también hemos visto que negarse a someterse a un pontífice dudoso es un acto de prudencia, no de cisma. 

Los fuertes argumentos teológicos que pueden esgrimirse contra la pretensión de Francisco de ostentar el pontificado romano lo convierten, en el mejor de los casos, en un pontífice dudoso.  

Por lo tanto, el arzobispo Carlo Maria Viganò debe ser considerado “inocente” del grave crimen de cisma.  

LifeSiteNews

 

 

 

Referencias








1 Rev. Joachim Salaverri,  Sacrae Theologiae Summa I B, p432-33.
2 Santo Tomás de Aquino,  ST II.II q.39 a.1.
3 Papa Pío XII,  Mystici Corporis Christi , n.º 22.
4 Mons. G. Van Noort,  Teología Dogmática Volumen II: La Iglesia de Cristo,  (6ª edición  , 1957 ,  traducción de Castelot y Murphy), p243.
5 Rev. Sylvester Joseph Hunter SJ,  Outlines of Dogmatic Theology,  (Londres, 1896), No. 216.
6 Wernz, P. FX y Vidal, P. Petri.  Ius Canonicum ad Codicis Normam Exactum , Universitatis Gregorianae Universitas Gregoriana, Roma, 1938.
7 Wernz, Vidal,  Ius Canonicum , Vol vii, 1937, n. 398.
8 Cayetano,  Commentarium , 1540, II-II, 39, 1.
9 Juan de Lugo:  Disp., De Virtute Fidei Divinae , pp 646-7, Disp xxv, secc iii, nn. 35-8, en Disputationes scholasticae et morales de virtute fidei diuinae, 1696.
10 Rev. Ignatius J. Szal,  La comunicación de los católicos con los cismáticos , The Catholic University of America Press, Washington DC, 1948, p2.
11 Van Noort,  Iglesia de Cristo , p241.
12 Van Noort,  Iglesia de Cristo , p241.
13 Rev Sylvester  Berry,  Iglesia de Cristo:  un tratado dogmático y apologético , (Seminario Mount St Mary, 1955), p227-28.
14 Citado en  ¿Puede un Papa ser hereje?  Por Arnaldo Xavier da Silveira.
15 Concilio Vaticano I, “Constitución Dogmática sobre la Fe Católica”, 24 de abril de 1870.
16 Van Noort,  Iglesia de Cristo , págs. 127-28. 
17 Dom Prosper Guéranger, “Troisième lettre à Mgr l'évêque d'Orléans”, en Institutions liturgiques, segunda edición, Palmé, 1885, vol. 4, págs. 458-459.
18 Tarjeta. Billot,  De Ecclesia Christi , Roma, 1927, tomo I, p. 477



























































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