A LA ATENCIÓN DE D. SANTIAGO ABASCAL, PRESIDENTE DEL PARTIDO VOX, Y RESTO DE SUS CANDIDATOS QUE SE PRESENTAN A LAS ELECCIONES AUTONÓMICAS DE CASTILLA Y LEÓN, DE MARZO 2.026


Nos permitimos los compañeros y asociados de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS, transmitirles algunas sugerencias para incluir, si lo estiman oportuno, en sus propuestas para la Comunidad de Castilla y León, para los próximos años.

1.- INFORMACIÓN SOBRE LA VIDA FAMILIAR DENTRO DEL MATRIMONIO

Rechazando, como no puede ser de otra manera, todo tipo de violencia, dentro de las libres relaciones de pareja, es una vergüenza que se gasten cantidades muy grandes de dinero público, en subvencionar a diversos medios de comunicación y propaganda institucional, y se oculte que, desde el año 1.981, la ley permite a todas las personas casadas dejar la convivencia sin necesidad de pedir permiso a juez alguno. Código Civil, artículo 105. Todo lo demás son teorías.

Ahora bien, obviamente, gravísimos problemas sociales impiden que esa libertad sea posible: paro, empleos precarios, carestía de la vivienda…Esos son los problemas que no arreglan ni las leyes, ni los juzgados.

Por ello, información en todas las páginas web de la Junta de Castilla y León, sobre temas familiares, que se informe de ello.

LOS CÓNYUGES Y PADRES NO PRECISAN PERMISO DE UN JUEZ PARA DEJAR LA CONVIVENCIA FAMILIAR. Consulten con un abogado o los servicios sociales de ayuntamientos, diputaciones o la Junta de Castilla y León.

2.- VIVIENDAS PARA SEPARADOS/DIVORCIADOS

No es ningún secreto, para la gente medianamente informada, en el divorcio no hay ni buenos ni malos. Es un derecho personal de los dos miembros de la pareja casada.

Aunque la ley permite pleitear por el uso de la vivienda familiar, no es menos cierto, que uno de los dos puede ser expulsado de la misma, y a nadie, hasta ahora, le duele la conciencia, si eso existe.

La realidad es que se expulsa a un padre/madre a la calle, y a los hijos: fines de semana, mitad de vacaciones, etc.

Una vivienda se tarda muchos meses y años, a la gente normal, en trabajarlo, ahorrarlo y pagarlo, y en los juzgados te expulsan en un periquete, si permiten la expresión.

Y aquí, el derecho de propiedad es vulnerado. Y el que lo hagan por el bien superior del menor es un sarcasmo de gente sin conciencia.

Los políticos, en los problemas familiares, deben plantearse:

MATRIMONIO UNIDO…..UNA VIVIENDA.

MATRIMONIO DIVORCIADO….DOS VIVIENDAS.

Tenemos compañeros que han perdido el uso de su vivienda, su vivienda, propietarios de todo o de parte, a los cuales la Junta de Castilla y León, les ha negado el participar en sorteo de viviendas promovidas por la Junta de Castilla y León.

De la misma manera, mujeres y madres que exigieron, judicialmente, la expulsión del cónyuge y padre, y las han negado el participar en dichos sorteos de viviendas promovidas de Castilla y León.

Por ello, este tema lo deben conocer y dar soluciones.

A) EN SITUACIONES DE NULIDAD/SEPARACIÓN/DIVORCIO EN QUE UNO DE LOS DOS PADRES HA PERDIDO JUDICIALMENTE, POR CONVENIO O SENTENCIA, EL USO DE VIVIENDA DE LA CUAL ES PROPIETARIO, EN TODO O EN PARTE, TIENE DERECHO A PARTICIPAR EN LOS SORTEOS DE VIVIENDA PÚBLICA, SIEMPRE QUE NO TENGA OTRA VIVIENDA EN PROPIEDAD.

B) DE LA MISMA MANERA, MUJER QUE TENGA SENTENCIA JUDICIAL SOBRE USO DE VIVIENDA FAMILIAR, Y NO TENGA OTRA VIVIENDA, PODRÍA PARTICIPAR EN SORTEOS DE VIVIENDAS PROMOVIDAS POR LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.

3.- MODIFICACIÓN DE LA TITULARIDAD Y OBJETIVOS DE LA RED DE CENTROS DE EMERGENCIA Y CASAS DE ACOGIDA DE CASTILLA Y LEÓN

Estimamos que este recurso social debe continuar en cuanto a su finalidad principal, que es dar cobijo a mujeres e hijos en situaciones difíciles o no deseadas, dentro de la relación de pareja.

Obviamente, las mujeres, y a menudo madres, pueden ir a hoteles, alquilar viviendas o comprar viviendas, en vez de ir a esos sitios.

Pero esa posibilidad no la tienen por motivos sociales.

Pero se debe tener en cuenta que, sin que haya sentencias, todos los padres tenemos derecho a la presunción de inocencia, derecho a un juicio público.

Por otra parte, en esos sitios se esconden, ocultan niños, que no están bajo control judicial, y los niños tienen padre y madre.

Con estas breves peticiones no podemos ni debemos entrar en un discurso político, social, emotivo.

No discutimos aquí y ahora en si deben o no deben existir. Obviamos, aunque no debiéramos, que las controlen asociaciones o empresas, pero si que es factible EXIGIR que, aunque puede que una parte de las mujeres que acceden pudieran huir de situaciones no deseadas, incluso con posible violencia, el título y la finalidad, debiera dar primacía a una situación social precaria, y en la titularidad se debiera incluir que hay niños, que, insistimos, suelen estar sin control judicial o del Ministerio Fiscal que asuman responsabilidades.

Por el ello, en el título o descripción de este servicio se debiera dejar claro, muy claro:

PRIMERO.- Que hay menores no emancipados, de cuya patria potestad está implicado el padre.

SEGUNDO.- Que hay una situación de precariedad social, hablando claro, POBREZA.

Por ello, debiera tener un título parecido a este.

RED DE PROTECCIÓN DE MUJERES E HIJOS EN DIFÍCIL SITUACION SOCIAL Y FAMILIAR DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.

Burgos, febrero de 2.026

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

www.apfsburgos.com






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