¿SEGURO QUE COMPRAR UNA VIVIENDA TIENE GARANTÍAS PARA LOS HOMBRES?. ABUELO, INFÓRMATE ANTES DE AVALAR

 

D. ANTONIO MIGUEL MÉNDEZ POZO

PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE BURGOS

BURGOS

D. IGNACIO SAN MILLÁN VALDVIELSO

PRESIDENTE DE FAE BURGOS

BURGOS

DOCUMENTO PÚBLICO

COPIA PARA LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, MIEMBROS DE ENTIDADES FINANCIERAS DE ESA CÁMARA DE COMERCIO, INMOBILIARIAS DE BURGOS, EMPRESAS CONSTRUCTORAS, NOTARIOS, EXCMA. SRA. PRESIDENTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN, EXCMO. SR. FISCAL JEFE DE CASTILLA Y LEÓN, ILMA. DECANA DEL ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE BURGOS, GRUPOS MUNICIPALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS. OTROS.

 

Asuntos:

 - BURGOS CARECE DE GARANTÍAS JURÍDICAS PARA SER PROPIETARIO DE VIVIENDAS PARA USO FAMILIAR, POR TANTO, ES INMORAL QUE LAS ENTIDADES FINANCIERAS EXIJAN AVALISTAS, MAL INFORMADOS, PARA SUS OPERACIONES FINANCIERAS. SUELEN SER PADRES Y ABUELOS

- CAMPAÑA PÚBLICA PARA INFORMAR ANTE INMOBILIARIAS Y ENTIDADES DE CRÉDITO…..Y NOTARÍAS.

 

Burgos, 29 de diciembre de 2.025

 

Muy Sres. nuestros:

Desde hace muchos años soy el delegado, en Burgos, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P. F. S.-BURGOS.

Actividad sin ánimo de lucro que me permite conocer la realidad de la vida familiar, en su peor vertiente, cuando se producen separaciones y divorcios, afectando a niños, menores no emancipados. Además de mi propia experiencia personal.

Fue el veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y tres cuando entró en mi entendimiento la palabra “RESPETO”, que reemplazaba o matizaba la palabra/concepto “RAZÓN”. Fue con motivo del matrimonio de una persona de mi familia. Palabra pronunciada por la madre del novio. Llevan 52 años casados.

En aquellos años era impuesto el matrimonio católico, y no fue hasta el año 1.981, cuando un gobierno, que no era ni del PP, ni del PSOE, publicó/promulgó la Ley del Divorcio vigente, con múltiples correcciones posteriores.

Desde aquel lejano año, mediante el artículo 105 del Código Civil, ambos componentes del matrimonio, libremente pedido y exigido por ambos contrayentes/componentes, sin necesidad de justificarlo, y sin pedir permiso a nadie, juez incluido, podía dejarse/cesar una presunta convivencia, decidida por parte de uno o de los dos.

Se insiste, ante una decisión respetable, que no fue nunca obligatoria de ser asumida por los dos componentes del matrimonio, para pedir la separación/divorcio la ley imponía/impone un requisito: PEDIRLO POR MEDIO DE ABOGADO Y PROCURADOR. Al menos habiendo menores no emancipados.

En aquellos lejanos tiempos, en que no había nacido aún una importante parte de la población española actual, se podía acceder a la separación/divorcio alegando/justificando periodos de ceses de la convivencia, que, oh milagro, se podía justificar, incluso, conviviendo en el posible domicilio familiar/conyugal. Artículo que, posteriormente, fue suprimido.

Sin embargo, de todo esto, la población, en general, lo ha desconocido. Se gasta muchísimo dinero en sufragar otro tipo de informaciones, e incluso dando generosas aportaciones de dinero público a medios de información.

Y, oh milagro, cuando se va a consultar a un abogado, se quiere la separación/divorcio, para ya, para ayer.

Para ello, problemas…….se propone alegar que la otra parte, que se recuerda la ley no obliga a “aguantarle” un solo segundo no querido, no es la persona maravillosa que creíamos cuando dijimos un sí a unas cosas que dijeron, y que la mayor parte de la población casada no sabría recordar, y que vienen en el Código Civil, que muchos no saben si es una novela romántica o las instrucciones de una lavadora.

Y aquí había que encontrar un “chivo expiatorio” al cual atribuirle todo tipo de carencias, maldades, vicios, que no virtudes…..ciertas, o no, pero, se recuerda, la ley, y no ningún juez, NO obligó a sufrir, soportar, aceptar, tolerar……

Y aquí, oh milagro, en vez de recomendar un cese de convivencia legal, como causa a alegar para justificación de la separación/divorcio…….TODOS LOS ABOGADOS DE ESPAÑA estaban, y están habilitados, especializados en acusar a “pardillos” que no tenían ni puñetera idea de eso de la separación/divorcio, ni del Código Civil, ni de sus artículos que les podían afectar.

Y ante manifiestas carencias sociales, en vez de recomendar de alquilar o comprar viviendas, y cesar la convivencia, con el dinero de tanto pardillo que vota “alegremente” en las elecciones, a través de abogados y procuradores, en muchos casos pagados con fondos públicos, se exige, “judicialmente”, que uno de los dos, antes hombre y mujer, y ahora cónyuges, abandone el domicilio familiar…..Hablando en plata: ”a la puñetera calle”.

Y los jueces, magnánimos, le dicen al “pobre diablo”, y tienes derecho a tener/estar con los niños una semana de cada dos, medias vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano, ah…..y los jueves por la tarde.

EN SU CASA SEÑORÍA, O EN LA CALLE.

Cuando fue modificado el Código Civil, en que ya no se exigían otras causas que demostrar que te casaste, LIBREMENTE, para acceder al divorcio a partir de los tres meses de casados, ya existía una ley en que, LA MITAD DE LA POBLACIÓN, por ser físicamente diferentes de la mujer, éramos sospechosos de todo lo que la mujer quiera acusarnos, pero, se recuerda, NUNCA NUNCA la ley obligó a “aguantar”, si fuera cierto.

Y, por supuesto, la palabra de una mujer va a misa, perdón…va a la Policía o al juzgado. En qué estaría pensando.

Detenciones de padres en Burgos que luego son absueltos en juicio.

Órdenes de alejamiento, que suponen echarles a la puñetera calle. ¿Alguien pensará en indemnizar a esos padres que luego son absueltos?. ¿Alguien les pedirá disculpas?.

Todos se marchan de rositas. Aquí no hay culpables.

De esas cosillas doy fe. Suicidios hemos tenido. Visitas a la cárcel……..Padres absueltos que desconocen si sus hijos viven, si son abuelos……No cumplir los periodos de visita de sentencia….NO ES DELITO.

A ningún político se le ocurre favorecer la convivencia en los matrimonios con niños.

Matrimonio/pareja unido….UNA VIVIENDA.

Matrimonio/pareja separado……¿DOS VIVIENDAS….?. No, uno a la calle. Una vivienda se tarda en pagar quince o veinte años, pues en una hora te despachan en los juzgados, por supuesto, por el bien superior del menor. Por cierto, no siendo propietario en la vivienda en su totalidad, el cónyuge, padre/madre, que se queda en la vivienda, en teoría, no podría contraer nuevo matrimonio ya que ya ley exige vivir juntos. Código Civil, artículo 68. ¿Lo saben las feministas de Burgos?. ¿Lo conoce la alcaldesa de Burgos, por ejemplo?. Y si lo sabe….informa a las mujeres.

Se me olvidaba, sigamos con nuestro maravilloso Código Civil. Preguntado a los juzgados de Burgos, que atienden asuntos de familia. Ninguno tiene la obligación legal de informar de los efectos del artículo 102 del Código Civil, cuando admiten una demanda de nulidad/separación/divorcio. Pueden consultar este artículo en internet. Es curioso lo que manifiesta el Misterio de Justicia, en carta de la cual se adjunta copia, sobre este artículo:

“Conviene recordar que, una vez publicada una norma, rige la presunción de que, habiendo sido promulgada, es conocida por todos, especialmente, por aquellos a quienes pueda afectar en un momento determinado. Así, uno de los principios generales del derecho -quizá, el más ampliamente conocido- es que el desconocimiento de la ley no es excusa para su cumplimento. Naturalmente, lo anterior no excluye el deber de las administraciones y organismos públicos de facilitar a los interesados información suficiente y veraz acerca del ejercicio de ejercicio de su actividad concreta y de aclarar las posibles dudas que puedan surgir en las gestiones que allí se realizan. Pero, evidentemente, los formularios a disposición de los ciudadanos no pueden contener una referencia exhaustiva de todas y cada una de las posibles consecuencias que se derivan de un acto administrativo o jurídico.”…….

Y digo yo, por qué no se ponen estos artículos en las peticiones de justicia gratuita para divorciarse…….PUEDE IRSE DE CASA YA (105 y 102).

Los juzgados de Burgos tampoco informan.

Pero, ¿en qué se gastan el dinero los políticos?. Un ejemplo.

https://www.diariodecastillayleon.es/castilla-y-leon/250606/99491/junta-aumentara-23-4-millones-subvencion-anual-destina-rtvcyl.html

La Junta aumentará hasta los 23,4 millones la subvención anual que destina a RTVCyL

Qué maravilla de Código Civil. Garantiza la libertad jurídica de todas las mujeres…a las que no se las obliga a “aguantar” a ningún machista, si fuera el caso.

Pasemos a mi experiencia personal:

-Sentencias sin que el juez me dedique un segundo.

-Ministerio Fiscal ausente, y no dice ni muuuuuu.

-Secretarios/as judiciales que “afirman” que comparecen procuradores de la parte demandante, no siendo cierto. Qué comparecen Sus Señorías, no siendo cierto. Claro, ellos tampoco comparecen.

-No se me exige abogado para que nos expulsen a la calle a nuestra hija y a mí. Pero la funcionaria me exige abogado y procurador para obtener copia de dos hojas con mi firma. Tardé años en obtenerlo, y no reflejaba todo lo que manifesté.

Por cierto, ese estado español con tantas carencias….me ha exigido sentencias para múltiples inspecciones fiscales.

-Qué no se me olvide, el estado español, nunca nos reunió delante de un juez, por estos temas.

Por cierto, tanta mujer alegando maltratos y la Ley de Enjuiciamiento Civil actual no obliga a las mujeres, en concreto, a acudir a las vistas de los juicios de divorcio que solicitan….Se insiste….el estado las obliga a ABOGADO Y PROCURADOR. No los cónyuges, y, a menudo, padres.

Mucha falsedad en documento público está en mi vida familiar. Ningún juez se ha interesado por nuestra hija, hoy madre.

Mucho abogado y procurador….y luego la Junta de Castilla y León no permite a algunas de esas mujeres participar en sorteos de vivienda pública, y que “exigieron” la expulsión a la puñetera calle del hombre que libremente escogieron. Tampoco a algún padre que lo ha solicitado….Es que Ud. es titular de una vivienda…Sí, pero no puedo residir en ella, conforme a una sentencia.

Y qué decir de la casa de acogida de Burgos, que ahora quieren que la lleve una sociedad anónima o lo que sea……Niños sin tutela judicial alguna. Secuestros, puros y duros…..Hay juzgado de guardia, Excmo. Ayuntamiento de Burgos.

Bueno, pelillos a la mar. Mis padres avalaron la compra de la vivienda familiar. Por cierto, pedí empadronarme en el templete de música del Paseo del Espolón de Burgos, para estar con nuestra hija, y no mojarnos en días de lluvia. El Excmo. Ayuntamiento de Burgos, que, en su momento, me empadronó, como indigente, en una estancia municipal, me empadró, sin mi consentimiento, en casa de mis padres. Padres que avalaron la compra de una vivienda, que no servía para estar con nuestra hija, en los periodos dictados judicialmente, TIENEN QUE ACEPTAR EL EMPADRONAMIENTO DE SU HIJO EN SU PROPIA VIVIENDA. Toma ya. SABIENDO ESO, ¿SEGURO QUE ME HUBIERAN AVALADO?. Por cierto, el Ayuntamiento de Burgos empadronó a una persona, sin mi conocimiento, ni orden judicial, en vivienda de mi propiedad.

¿Pero cómo aguantamos esto los ciudadanos de Burgos, de España……?.

Estamos en un país en que unos SEIS MILLONES de menores no emancipados, de un día hasta los dieciocho años, no tienen garantizado su derecho legal a que un fiscal les dedique su tiempo en asistir a vistas judiciales y entrevistarse con ambos padres, que sí dicen garantizar/obligar las leyes, ……y los jueces NO LO TIENEN EN CUENTA. Qué país, Sras. Y Sres., que en los juzgados no se respeta la ley….. Y NO PASA NADA.
Y llegamos al objetivo de este triste escrito:

MUCHAS VIVIENDAS DE GENTE JOVEN, PARA SU COMPRA SON AVALADOS LOS PRÉSTAMOS O CRÉDITOS CON LA GARANTÍA PERSONAL Y PATRIMONIAL DE PADRES Y ABUELOS.

Sin esos avales no se venderían muchas viviendas.

Y el estado ha fracasado en avalar a esos jóvenes padres o futuros padres:

https://www.elmundo.es/economia/vivienda/2025/10/14/68ee2f09e4d4d8d9538b45bc.html

El Gobierno fracasa en su aval público para vivienda joven: el ICO solo concede el 8% del dinero disponible un año después

La banca alerta de la "complejidad" del proceso comparado con otros programas públicos autonómicos. Menos de 7.900 personas han firmado su hipoteca con aval estatal en el último año…….

Hasta la fecha, algo más de 5.600 jóvenes y otras 2.230 familias se han beneficiado de esta línea de avales a nivel nacional, donde destaca Andalucía, que concentra cerca de 2.270 operaciones y Valencia, con otras 1.138 más. El Gobierno ha puesto a disposición del ICO 2.500 millones de euros dentro de un plan nacional que se renueva anualmente hasta alcanzar esta cifra. Solo en agosto se firmaron 800 hipotecas acogiéndose a esta modalidad. A nivel general, los últimos datos disponibles del INE (Instituto Nacional de Estadística) corresponden al mes de julio, cuando se firmaron 57.299 hipotecas, el dato más elevado de 2025, cuando se han formalizado un total de 369.527 préstamos, un 24% más que el año pasado, dentro del boom inmobiliario que vive España……”

Vamos, un brindis más al sol. Si los padres y abuelos no garantizáis hipotecas…..los hijos NUNCA tendrán una vivienda en propiedad.

Podría añadir más razonamientos, pero…para qué.

Por ello, Sr. Méndez Pozo, le adjunto folleto que se distribuirá masivamente, también ante NOTARÍAS, alertando de los riesgos que tienen los abuelos y padres de Burgos, sus hijos o nietos.

Si los padres y posibles abuelos, bien informados, quieren AVALAR, adelante, pero no sin haberse leído lo que pasa a muchos padres.

Gracias por su atención. Atentamente,

 

 

 

Jesús Ayala Carcedo

 

P. D.- Acaba de suicidarse, estos días, un compañero con relevancia nacional, D. VÍCTOR BRAVO. Descanse en paz.

ABUELOS AVALAN COMPRAS DE VIVIENDAS DE LAS CUALES SON EXPULSADOS SUS NIETOS, PEDIDO POR ABOGADOS DE BURGOS Y RESTO DE ESPAÑA


D. JOSÉ LUIS ESCRIVÁ BELMONTE

GOBERNADOR DEL BANCO DE ESPAÑA

C/ Alcalá, 48

28.014 MADRID

Dª ALEJANDRA KINDELÁN OTEYZA

PRESIDENTA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE BANCA (AEB)

Torre Emperador

Paseo de la Castellana, 259-D

28.046 MADRID

D. ISIDRO FAINÉ CASAS

PRESIDENTE DE LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CAJAS DE AHORROS

C/ Alcalá, 27

28.014 MADRID

EXCMA. SRA. Dª ANA DEL SER LÓPEZ, PRESIDENTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CASTILLA Y LEÓN

EXCMO. SR. D. SANTIAGO MENA CERDÁ, FISCAL SUPERIOR DE CASTILLA Y LEÓN

Dª MÓNICA PÉREZ VILLEGAS

DECANA DEL ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE BURGOS

DOCUMENTO PÚBLICO

ASUNTO: ABUELOS AVALISTAS DE PRÉSTAMOS/CRÉDITOS/HIPOTECAS DE VIVIENDAS PARA EL USO DE SUS NIETOS. ¿LES INFORMAN LA BANCA Y CAJAS DE AHORROS DE LOS RIESGOS?. LES EXPULSAN JUECES SIN QUE INTERVENGA EL MINISTERIO FISCAL.

  

AVISO URGENTE A PADRES Y ABUELOS. NO AVALES A TU HIJO SIN INFORMARTE

Normalmente, es un deseo de todos los padres y abuelos de ayudar a sus hijos en la compra de una vivienda, para uso de su descendencia y los mismos.

La dura realidad es que hoy, los hombres, y a menudo padres, con la sola denuncia de una mujer corren un riesgo altísimo de ser detenidos, y expulsados de casa, para empezar, aunque luego puedan ser absueltos.

En un procedimiento de divorcio, con los únicos delitos de haberse casado y ser padres, los hombres suelen ser expulsados de esa vivienda que vosotros ayudáis a comprar con vuestro aval. Único delito es ser hombre y padre, y vosotros abuelos.

CON ESTOS DATOS, ABUELOS Y PADRES DE BURGOS…

¿VOSOTROS AVALARÍAIS UNA HIPOTECA?.

NO FIRMES SIN QUE TE LO ACLAREN.

SIGUES AVALANDO CUANDO TU HIJO YA HA SIDO EXPULSADO DE CASA.

Ayala-de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.




No hay comentarios:

Publicar un comentario

Entradas populares