CARTA ABIERTA A UNA JUEZA....DIVORCIO..MEDIACIÓN....NIÑOS

 

CARTA ABIERTA A UNA JUEZA, EN RELACIÓN AL DIVORCIO

ILMA. SRA. Dª RAQUEL ALASTRUEY

MAGISTRADA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

 

Burgos, 11 de mayo de 2.026

 

Ilma. Sra.;

Son de agradecer sus reflexiones en la publicación jurídica CONFILEGAL, de fecha 10/5/2026 :

Opinión | Más vale un buen arreglo que un mal pleito de familia: la mediación previa es necesaria

Opinión | Más vale un buen arreglo que un mal pleito de familia: la mediación previa es necesaria

Así como sus diversas intervenciones sobre mediación, en diversos foros y organizaciones.

Y discrepe con Ud., o no, todo es bueno para el convento, y perdone la expresión, para evitar decisiones judiciales impuestas. Decisiones de autoridad.

Y es bueno porque Uds., los jueces, saben lo que ocurre, les aterra, pero Uds. no lo pueden evitar. Y por algo será.

Y los políticos delegan en Uds., los jueces, problemas que no pueden arreglar, y no son necesariamente jurídicos.

Sin embargo, y ruego excuse mi arrogancia, no siempre Uds., los jueces, tienen la última palabra, si hay instancias superiores a las que se puedan recurrir sentencias de tribunales inferiores.

Y si hablamos del divorcio, una de las reflexiones que se podrían aplicar, es que son procedimientos, los que afectan a menores no emancipados, que dan trabajo a personal de tribunales, equipos psicosociales, puntos de encuentro, etc., etc., por imposición legal. Más abogados y procuradores.

Es decir, un medio de vida de muchas personas, en que se toman decisiones, pero no se arreglan los problemas sociales. Insisto. Esos problemillas de vivienda (derecho constitucional), y medios de vida.

Y, en cuanto al matrimonio, permítame esta descripción: vínculo legal que une a dos personas, en España, aunque sean del mismo sexo, que dura desde la fecha en que se dice sí a no sé qué, y no lo dan por escrito. y la fecha de divorcio o defunción de uno, o de los dos al mismo tiempo. Más o menos.

Por cierto……es de desear que en los acuerdos que Uds., los jueces, puedan avalar quede claro si el divorcio es querido por ambos o sólo por uno.

Es derecho de los niños, y de todos, saber si el divorcio es querido sólo por el padre o la madre.

Qué tal un acuerdo de divorcio pedido por uno (padre o madre) con el consentimiento del otro. Imponer un acuerdo sin que se matice…..madre mía, madre mía…….. ¿Se debería tratar eso en la mediación que Ud. reflexiona….?

Ahora veamos lo que dice el Código Civil. Consulten lo que dicen los artículos 105 y 102. NO IMPONE CONVIVENCIA ALGUNA NO DESEADA A NINGUNO DE LOS CÓNYUGES, Y A MENUDO PADRES. 105. Y NO LO TIENE QUE AUTORIZAR UN JUEZ.

Y SIN QUE UNA DEMANDA DE DIVORCIO SEA LEÍDA POR UN JUEZ…LEER EL 102, AL MENOS, EN BURGOS, NO INFORMAN LOS JUZGADOS.

¿Seguro que lo saben todos los que se casan y todos los que se divorcian?.

¿Por qué diablos no informan las administraciones, que gastan muchos millones en subvencionar medios de comunicación, en informar de esto que viene en la ley?. ¿No lo ampara el artículo 39.1 de la Constitución Española?.

En cuanto a los niños, hijos comunes, la ley no les concede el derecho de estar con ambos padres (y lo prefiero a progenitores), al mismo tiempo, si no se lo conceden ambos.

Ah, y para eso del divorcio…con que lo pida uno….vale y sobra.

Qué tal pactar una “rebeldía procesal” . Porque si yo no puedo oponerme al divorcio…….para qué voy……….

Y no se exige que el que lo solicita acuda a las vistas judiciales. ¿O no es así?. Ley de Enjuiciamiento Civil 771.3.

Ah…..y jueces y fiscales vienen admitiendo que si el Ministerio Fiscal no acude a las vistas judiciales en que se deciden derechos de niños…NO PASA NADA. Pasen y vean.

 

DOCTRINA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO Circular 3/1986, de 15 de diciembre, sobre intervención del Ministerio Fiscal en los procesos de separación y divorcio.

24. Comparecencias en medidas provisionales. En las comparencias ante el Juez (arts. 1.897 y 1.899 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), que tienen como finalidad la adopción de las medidas provisionales del artículo 103 del Código Civil, el Ministerio Fiscal estará presente si fuera posible, o al menos en las que se presuman más trascendentes o conflictivas, emitiendo su dictamen una vez que las demás partes hayan realizado su aportación documental y concluido el informe..”

Hablando claro, miembros del actual gobierno, como el presidente del gobierno, o el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes del Gobierno de España, y muchos de los miembros del actual Congreso, por ejemplo, no tuvieron “garantizado” que el Ministerio Fiscal estuviera en un procedimiento de familia, divorcio de sus padres. Y hoy, varios millones de niños y adolescentes, no tienen garantizado que el Ministerio Fiscal esté presente en una vista judicial en que traten sus derechos personales en procedimientos de familia. ¿Y a Ud. la da lo mismo?.

No sé si a Ud. le parece normal y correcto que, a mí, la ley, me permita EXIGIR que una juez como Ud., atienda mi legal demanda de EXPULSIÓN de una madre de familia, del domicilio familiar,  y sin que nos preocupe, ni a Ud.  ni a mí, si va a dormir debajo de un puente o la tiene que acoger un familiar, o Cáritas.

Y el estado y el pueblo español, tan felices, facilitando y mal pagando, abogado y procurador, no para ayudar en problemas sociales, sino para iniciar una guerra, en que hay dos asuntos o temas, en muchos casos, no uno, vínculo y consecuencias.

Y en cuanto al vínculo, no hay plan “B”, y el que hablemos de nulidad o separación y no divorcio, son matices.

Me gustaría aportar ideas de cómo podrían mejorar estos temas de familia, pero obviamente, NO tengo poder o influencia para modificar leyes, juzgados y procedimientos.

Sí manifestar mi pesimismo sobre esto que llaman estado de derecho, en que una simple denuncia sirve para justificar la detención de un padre…que luego puede ser absuelto.

Mi pesimismo cuando se vende como un derecho divino el expulsar a una persona de su propiedad, de su vivienda, POR EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR.

Mi pesimismo que no se informe a TODOS/TODAS Y TODES de que la ley no exige permiso de juez alguno para dejar un presunta o posible convivencia.

Mi pesimismo porque ahora sea un logro que presenten una ley que dice garantizar que todos los niños sean oídos por Uds., pero sí no saben de qué va eso. Qué tal si les informan que a partir de los dieciséis años los hijos de padres separados/divorciados pueden solicitar la emancipación. Y yo me pregunto, la emancipación “forzosa” a los dieciocho años da la independencia económica a los hijos…………

Obviamente, ni Ud., ni yo, podemos cambiar lo que pasa en otros países….divorcio sin que intervenga un juez o abogado, o notario. A los niños les dan abogado.

En otros países lo tratan servicios sociales….cuando aquí se expulsa a ciudadanos, personas…….a la puñetera calle, en nombre del interés superior del menor, junto a los niños que quieren que hablen con Uds. (fines de semana, vacaciones………..).

Pero…pregúntese Ud., preguntémonos todos, por qué no sabe la población lo que dice el artículo 105 de Código Civil.

Por qué no saben los padres a los cuales Uds. “imponen” medidas lo que dice el artículo 102 del Código Civil.

En otros países el que quiere el divorcio envía un impreso diciendo ya no quiere seguir casado.

Dejémonos de “buenismos”, Ud. y yo. No podemos cambiar el estado de derecho, ni los problemas sociales, ni los amores y odios.

Dicen que hay un artículo en la Constitución España que dice que:

“Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Por qué el estado da abogados y procuradores a las madres y el MINISTERIO FISCAL no comparece en las vistas judiciales.

Mientras Uds. y yo CONSINTAMOS que se violen los derechos de nuestros niños, en los juzgados de España, dejémonos de “buenismos”.

Mientras la FISCAL GENERAL DEL ESTADO siga sin garantizar ese derecho a los niños no procede que pasemos a otros temas. Pero la responsabilidad no es de LA FISCALA GENERAL DEL ESTADO sino de  TODOS SUS COMPAÑEROS, JUEZAS Y JUECES, JUECES Y JUEZAS, sus compañeros jueces que celebran vistas, sobre derechos de menores no emancipados, sin que haya un fiscal en la sala. A mí se me exigió abogado y procurador para que me dieran copia de dos hojas…, con mi firma, y tardé años en obtenerlo.

Decía NAPOLEÓN que para hacer la guerra se necesitan tres cosas:

DINERO,

DINERO,

DINERO………

Si divorciase fuera gratis……ahí lo dejo.

Gracias.

 

Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

www.apfsburgos.com

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