ESPAÑA NO GARANTIZA QUE EL MINISTERIO FISCAL ATIENDA A LOS NIÑOS EN LOS PROCESOS DE FAMILIA. ¿SENTENCIAS SIN QUE ATIENDA UN JUEZ?

 

A TODAS LAS MUJERES FUNCIONARIAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

UDS. SE CARGARON EL ESTADO DE DERECHO CONSTITUCIONAL

YO ACUSO

 

Copia para altos cargos de la magistratura, fiscalía, letrados de la administración de justicia, abogacía, procuradores, políticos, etc., los ciudadanos y medios de comunicación.

 

Burgos, uno de octubre de 2.025

 

Obviamente, no sólo han sido mujeres las que se ha cargado el estado de derecho, ya que, obviamente, en los juzgados había, y hay, hombres y mujeres, pero a mí me atendieron mujeres, en temas familiares. Y las mayoría son…..mujeres.

Este escrito no tiene como objeto dar ideas sobre cómo mejorar la administración de justicia, sino para maldecirlas por haberse cargado la Constitución Española, según mi desgraciada experiencia en temas de familia.

Y, al pan…. pan, y al vino…. vino, y a mí, a nosotros, se nos ha dado gato por liebre.

Recientemente, he descubierto un tema que me ha traumatizado durante muchos años.

BOE.es - FIS-C-1986-00003




Circular 3/1986, de 15 de diciembre, sobre intervención del Ministerio Fiscal en los procesos de separación y divorcio.

4. Comparecencias en medidas provisionales. En las comparencias ante el Juez (arts. 1.897 y 1.899 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), que tienen como finalidad la adop­ción de las medidas provisionales del artículo 103 del Códi­go Civil, el Ministerio Fiscal estará presente si fuera posi­ble, o al menos en las que se presuman más trascendentes o conflictivas, emitiendo su dictamen una vez que las demás partes hayan realizado su aportación documental y conclui­do el informe.

Madrid, 15 de diciembre de 1986.-El Fiscal General del Estado

Sin abogado ni procurador, por mi parte, porque no se me exigieron, y sin asistencia del Ministerio Fiscal, y sin que se emitiera dictamen alguno por ese famoso Ministerio Fiscal, que entonces era parte, se tomaron decisiones sobre tres hermanos, entre ellos, nuestra hija. Y, por mi parte, no se hizo ninguna aportación documental.

Y el pueblo español debe saber, y no tolerar, que una funcionaria, indique que asistió la procuradora de la mujer demandante, entonces esposa y madre, y no es cierto. Tampoco asistió la secretaria judicial, como se indica.

Y la madre demandante tampoco compareció.

Y a mí se me negó copia del acta. Se me exigió pedirla por medio de abogado y procurador. Tardé años en obtenerla y no se indicaba que manifesté que a nuestra hija se la expulsaba a la puñetera calle. Hay otro documento en que sí se indica. Luego, a la madre, la Junta de Castilla y León, la impidió participar en un sorteo de vivienda pública.

Y que no toque nadie la fibra sensible de este padre y abuelo cuando los pobres jueces, según ellos, se quejan de que se les salen los papeles por la ventana y no pueden atender todo.

A los padres, en menos de una hora, nos expulsan, y a nuestros niños….a la puñetera calle, de viviendas que tardamos muchos años en trabajar, ahorrar y pagar. Delito, habernos casado.

En efecto, a los niños se los expulsa a la puñetera calle, junto al padre: dos fines de semana al mes, mitad de vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano, y tardes de los jueves.

Si el Ministerio Fiscal no es necesario, ¿para qué les queremos?.

Si los secretarios judiciales, tampoco se consideraban necesarios….¿para qué sirven?.

Tengo sentencias en que el juez afirma al pueblo español que dice que me atendió y era mentira.

Pero, ¿cómo les hemos aguantado a Uds., señoras funcionarias de la administración de justicia?.

Uds. han violado los derechos, no sólo de los padres, sino de miles y miles de niños en toda España.

Y hablo de sus responsabilidades personales, como personas, como profesionales.

Y les envío a todas Uds., copia del escrito de la Casa Real, de doce de septiembre de 2.025. en que contesta a escrito mío.

Esto le indicaba, en nombre del Rey de España, y de la potestad conferida por la soberanía popular, se han dictado diversas decisiones judiciales afectando a nuestra hija, en su momento menor no emancipada.

Y esto contesta D. Cristóbal Moreno, Jefe de la Secretaría de Despacho, de la Casa de S. M. El Rey, Gabinete de Planificación y Coordinación:

“Lamento comunicarle que esta Casa no puede intervenir en procedimientos judiciales ni en la resolución de los mismos”.

Si jueces, Ministerio Fiscal y Fe Pública Judicial no han cumplido su deber, ¿por qué han mentido a los ciudadanos que les pegamos el sueldo?.

Si S. M. el Rey no puede intervenir en sentencias y procedimientos judiciales, decididos y realizados en su nombre, y del pueblo español, con qué poder y documento, que les delegara  SUPLANTAR RESPONSABILIDADES QUE NO ERAN LAS SUYAS, han hecho Uds. de jueces y secretario judicial,

No les lanzo la maldición gitana, porque no sé de que va, pero si las condeno a que se traguen sus mentiras, a las que corresponda.

Estas dos cosas pedía a S. M. el Rey:

ASUNTOS: - VIOLACIÓN DE DERECHOS, EN NOMBRE DEL REY DE ESPAÑA, A MI FAMILIA.

- PROHIBICIÓN DE ACTOS JUDICIALES DE FAMILIA QUE AFECTEN A MENORES NO EMANCIPADOS, EN QUE NO COMPAREZCA FÍSICAMENTE EL MINISTERIO FISCAL, PARA QUE PUEDA HABLAR CON AMBOS PADRES, SI COMPARECIERAN.

-NIÑOS EN CASAS DE ACOGIDA, ACOMPAÑADOS POR SUS MADRES: INFORMACIÓN A FISCALÍAS Y REPRESENTACIONES DE SUS PAISES, EN CASO DE TENER NACIONALIDADES DISTINTAS A LA ESPAÑOLA.

MALDITO PAÍS, QUE UDS. SE CARGARON. Y, ENCIMA, NO LES PAGARON POR VIOLARNOS NUESTROS DERECHOS.

TONTAS, CULPABLES Y VIOLANDO DERECHOS POR LA CARA. TONTAS.

Atentamente,

 

Jesús Ayala Carcedo

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