MALA ADMINISTRACIÓN DEL PRESIDENTE DE CASTILLA Y LEÓN FERNÁNDEZ MAÑUECO

 

PRESUNTA MALA ADMINISTRACIÓN DE DINERO PÚBLICO, CONCEDIENDO SUBVENCIONES A MUCHOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, EN QUE SE IGNORA Y MANIPULA LA SITUACIÓN LEGAL DE TODAS LAS PERSONAS QUE HAN CONTRAIDO LIBREMENTE MATRIMONIO, EN EL ESTADO ESPAÑOL, POR PARTE DEL EXCMO. SR, PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, D. ALFONSO FERNÁNDEZ MAÑUECO.

Excmos., Ilmos. Sres.:

Primero.- Es ampliamente conocido que, a lo largo de los años, la Junta de Castilla y León ha concedido abundantes subvenciones destinadas a diversos medios de comunicación, amparada en normativa legal:

La Ley 4/2009, de 28 de mayo, de publicidad institucional de Castilla y León regula las formas de comunicación pública realizada a través de cualquier medio y utilizando soportes pagados o cedidos, con la finalidad de transmitir a los ciudadanos mensajes de interés público relacionados con sus objetivos y actividades, por, entre otros sujetos, las Cortes de Castilla y León.

Uno de los beneficiarios de este dinero público, ha sido la publicación:

BENAVENTEDIGITAL

AÑOS 2.023, ÁREA PRESIDENCIA 20.140,- EUROS.

 Mañueco se gastó más de 19 millones en publicidad institucional en 2023


 La Junta de Castilla y León ha hecho públicos, en su Portal de Transparencia, los datos relativos a la publicidad institucional correspondiente al año 2023, cuyo gasto total asciende a 19,4 millones de euros, a los que hay que sumar los 21 que destina a la Televisión ‘Pública’, que hacen un total de 40 millones. Su gestión es privada, pero Mañueco es el encargado de mantener y manejar a su antojo este medio de comunicación.

Asimismo, a lo largo del tiempo, la Junta de Castilla y León, ha gastado dinero público en temas de violencia de género. Incluso, se han publicados normas para el tratamiento de la problemática familiar y de pareja en los medios de comunicación. Así como multitud de folletos sobre estos temas, disponibles en internet:

OBSERVATORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

25 DE NOVIEMBRE DE 2.021

SECCIÓN DE GÉNERO DE CASTILLA Y LEÓN

Segundo,- Y éste es el resultado de una noticia que ha sido ampliamente difundida en el pasado mes de julio de 2.024. Y éste es uno de los resultados del uso de dinero público:

El drama oculto de una zamorana: 52 años de violencia y abuso, finalmente, en denuncia

“El drama oculto de una zamorana: 52 años de violencia y abuso, finalmente, en denuncia

La valentía de una mujer de 75 años pone fin a décadas de violencia de género

En una conmovedora muestra de valentía, una mujer de 75 años ha decidido romper su silencio y denunciar a su marido tras más de medio siglo de malos tratos. Esta decisión pone fin a un calvario de 52 años de violencia física y psicológica, marcando un hito en la lucha contra la violencia de género en la provincia.

La víctima, cuya identidad se mantiene en reserva por razones de seguridad, se casó con su agresor a los 23 años. Desde entonces, ha sufrido continuas agresiones físicas y psicológicas. A pesar de la larga duración de su sufrimiento, la mujer finalmente encontró el valor para denunciar gracias al apoyo incondicional de sus hijos.

Un caso revelador en el contexto de la violencia de género

El subdelegado del Gobierno en Zamora, Ángel Blanco, dio a conocer este caso, calificándolo como el más llamativo entre las siete denuncias registradas en los últimos cinco días en la provincia. Blanco destacó que la situación de la violencia de género en Zamora sigue siendo preocupante, con un total de 249 casos activos y 209 mujeres con órdenes de protección.

·         249 casos activos de violencia de género

·         209 mujeres con órdenes de protección

·         95 usuarias del servicio ATEMPRO

·         7 denuncias en los últimos cinco días, de las cuales seis fueron presentadas por las víctimas y una por acción policial

El apoyo de los hijos, clave en la decisión de denunciar

El rol de los hijos de la víctima ha sido fundamental para que ella tomara esta valiente decisión. El respaldo familiar ha permitido que esta mujer finalmente se libere del miedo y busque justicia tras tantos años de sufrimiento.

Este caso subraya la importancia de denunciar la violencia de género y buscar apoyo, ya sea a través de familiares, amigos o instituciones especializadas. La valentía de esta mujer debe servir como ejemplo y motivación para otras víctimas que aún no se atreven a dar el paso.

Tercero.- El Excmo. Sr. D. Alfonso Fernández Mañueco, es una persona licenciada en derecho. Esto quiere decir que no necesita el concurso de asesores para conocer la situación legal de todas las personas que hayamos podido contraer matrimonio libremente, al amparo de la legislación vigente en cada momento. Y, por lo tanto, tiene deberes personales hacia todos los ciudadanos y personas residentes en la Comunidad de Castilla y León.

Lleva mucho tiempo en la política, por lo que es corresponsable de muchas decisiones tomadas por su propio partido, cuando ejercen el poder y maneja el dinero de todos los que pagamos impuestos, que no somos todos.

Cuarto.- Dese por demostrado que la Junta de Castilla y León es corresponsable de la noticia publicada el medio de comunicación indicado:

Quinto.- Se han realizado múltiples gestiones ante muchas instituciones, pidiendo protocolos, leyendo carteles e informaciones sobre temas de pareja y familia, etc., para buscar información legal sobre nulidad/separación/divorcio, y, salvo mejor información, no se ha encontrado esta información, a disposición de todas las personas casadas, conforme a las leyes, para solicitarlo:

Desde el año 1.981, Código Civil:

Artículo 105.

No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que se refieren los artículos anteriores.

Artículo 102.

Admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio, se producen, por ministerio de la Ley, los efectos siguientes:

1.° Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.

2.° Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.

Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

A estos efectos, cualquiera de las partes podrá instar la oportuna anotación en el Registro Civil y, en su caso, en lo de la Propiedad y Mercantil.

De esto último, ni informan los tribunales. Pobres ciudadanos, que nos enfrentan.

Desde el año 2.005:

A partir de los tres meses de contraer libremente matrimonio se decreta el divorcio. Eso sí, hay que pedirlo con abogado y procurador. La denuncia de esta pobre mujer no es precisa para el divorcio. Se la recuerda, que, con sólo pedirlo, SE LO CONCEDEN.

Se decretaría aunque no comparezca en el Juzgado.

Y no tiene que depender, ni obligación de contar, ni de informar, con el marido o cónyuge que libremente impuso en el registro civil.

Sexto.- Aquí nos encontramos con una noticia en BENAVENTEDIGITAL, en la cual tienen responsables:

Mujer denunciante e hijos, que tienen a su disposición el Boletín Oficial del Estado para saber legislación sobre las normas del matrimonio. Parece que ninguna administración tiene obligación legal de publicarlo fuera de ese documento oficial. Si esa mujer no ha querido utilizarlo……..????????

El Excmo. Sr, D. Alfonso Fernández Mañueco, maneja dinero público que se utiliza por ese medio de comunicación. La Junta de Castilla y León viene publicando mucha información, pero, salvo mejor información, sobre la legislación que hubiera debido conocer esa señora y sus hijos, NINGUNA.

Séptimo.- Hubiera sido mejor publicar la noticia, en base a ley que tuvo en cada momento. Por ejemplo:

Mujer de Zamora, contrajo libremente matrimonio, con el hombre que quiso, hace 52 años.

Desde el año 1.981, sin que tenga que preguntar a un juez, pudo dejar una posible convivencia.

Desde ese año, con la sola admisión de la demanda de divorcio, en un plazo de un mes, la ley avalaba el dejar de convivir, y tenía otros efectos legales.

Desde el año 2.005, el posible divorcio, previa petición mediante el procedimiento legal, se decretaría sin otra causa que el demostrar que se casó y lo pidió. Y sin pedir permiso a hombre al que denunció ante la Policía en julio de 2.024, y que presumiblemente fue detenido y puesto en libertad, apenas compareció ante un juez de 2.024.

Octavo.- Rogaría se dé por demostrado que:

El Excmo. Sr. Alfonso Fernández Mañueco es presidente de la Junta de Castilla y León. Lugar de la Presidencia de la Junta de Castilla y León:

Plaza de Castilla y León, 1

47.008 VALLADOLID

Que la Junta de Castilla y León es corresponsable de buen uso de los fondos públicos.

Que, independientemente de las obligaciones personales de la mujer denunciante, y del abogado/a que avaló la denuncia (¿), y posible detención de un padre de familia, tuvo medios legales para disponer de su vida en total libertad, que parece no usó. Y nadie la impedimos, ni conocerlo ni usarlo.

Noveno.- Como todos los ciudadanos, condenamos cualquier tipo de violencia.

Décimo.- Esta parte renuncia a pedir medidas legales que puedan suponer cárcel, multas, o pérdida de su cargo político, al Excmo. Sr. D. Alfonso Fernández Mañueco. Los demás sabrán lo que procede. Pero sí que es exigible, que obligue a todos los medios de comunicación que han recibido dinero público, de Castilla y León, que publiquen una nota personal del Sr. Fernández Mañueco, en que se indique lo que la legislación vigente permitió a esa madre denunciante. Ni más ni menos, que lo indicado el punto SÉPTIMO.

En espera sea acogida con respeto esta petición, atentamente,

Jesús Ayala CARCEDO

 

 

 

 

 

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