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“CARIÑO, QUIERO DIVORCIARME, TE PIDO QUE CONSIENTAS QUE ME DIVORCIE.”


DIVORCIO: DOS COSAS, NO UNA, PERO TRES CAMINOS, NO DOS

En los últimos tiempos, por nuestra parte, se han escrito diversas reflexiones sobre el divorcio, en relación ante la nueva realidad procesal, que se exige, desde el pasado mes de abril de 2.025, para intentar quitar trabajos a los jueces. No sé si un simulacro de mediación, y otras hierbas, previo, o una voluntad de obviar lo obvio: que los jueces deciden a falta de acuerdo. Y si hay problemas sociales… qué más da. Hablando claro, los matrimonios tuvieron un principio y ahora queremos, o quiere sólo uno, que desaparezca, o sea no vivir juntos y no compartir mesa y mantel, ni vivienda y, a lo mejor, ya no queremos dormir en la misma cama, si convivencia había….

Hablamos de un MASC (Medios Adecuados de Solución de Controversias) previo, para poder presentar la demanda de nulidad/separación/divorcio.

Y parece que nadie es consciente que se han cargado, a efectos prácticos, el artículo 105 del Civil, que seguramente nadie ha tenido en cuenta cuando se ha ido a consultar a un abogado, o asociación feminista subvencionada, para preguntar por el divorcio. Incluso no aparece en los numerosísimos panfletos sobre separaciones y divorcios.

Por la información de juzgados de Burgos, a informar, por parte del estado, del artículo 102 del mismísimo Código Civil, ni está ni se le espera. Es de temer que la gente va a los juzgados, sin conocer ambos artículos, que pueden consultar todos Uds. por internet, cosa que, hace unos cuentos años, no era tan fácil como ahora. Vamos, para los que manejamos un poquitín esto del internet.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763

Les vamos a poner una prueba. Si les decimos que piensen Uds. en la siguiente pregunta, y pensamos que todos Uds. conocen un país que se llama Congo, o República del Congo, porque todos pensamos que lo han estudiado, y les decimos que piensen en un habitante de ese país, seguramente piensan en una persona de raza negra.

Y si oímos en la televisión que se habla de un africano, seguramente seguirán pensando, la mayor parte, entre ellos yo, que es una persona de raza negra.

Sin embargo, no todos los habitantes de África son negros. Hay marroquíes, argelinos, egipcios, varios millones de personas de raza blanca en el Sur. Etc., etc. Ojo, muchos diferenciarán esto……pero si hablamos de africano, yo suelo pensar en una persona de raza negra.

En definitiva:

-         Africano

-         Negro

-         Congolés

no siempre esas tres palabras se reúnen en una persona.

Un congolés puede ser blanco o asiático, no ha nacido en África, y es congolés desde el año pasado.

Esto mismo se puede aplicar a muchos españoles:

-No nacieron en Europa.

-No son de raza blanca.

-Y tampoco aprendieron de pequeños el castellano, vasco, catalán, valenciano, bable u otras lenguas o dialectos que se hablan aquí desde hace siglos.

Pues aquí, los señores legisladores, cuya principal responsabilidad corresponde a los partidos PP y PSOE, mezclan varios conceptos que se parecen, pero, ¿significan lo mismo?.

Y hablamos de la separación/divorcio, en el Código Civil y Ley de Enjuiciamiento Civil.

Veamos una información de la Fiscalía sobre su intervención en procedimientos de familia (separaciones/divorcio):

https://www.fiscal.es/menores

“El Ministerio Fiscal sólo interviene en los procesos de separación o divorcio cuando existen hijos menores o incapaces. La intervención del Ministerio Fiscal se dirige siempre a salvaguardar el interés de los menores o incapaces. Interviene incluso aunque la separación o el divorcio sean de mutuo acuerdo, circunscribiéndose en estos casos su actuación a analizar si los términos del convenio regulador respetan el interés de los menores e incapaces.”

Léanlo bien. Según esta página oficial, habla de separación y divorcio de mutuo acuerdo.

Ahora vamos a ver lo que piensa un ilustre magistrado, que escribe libros y artículos, al que se le entrevista mucho:

https://es.linkedin.com/posts/vicente-m-111a68314_vicente-magro-magistrado-del-supremo-muchas-activity-7304436962222919680-GjzE

Vicente Magro, magistrado del Supremo: “Muchas personas piensan que el matrimonio solo puede terminar si ambos están de acuerdo, pero no es cierto”

 

Popularmente, escuchamos: sabes, Manolo y Pili se están divorciando.  La realidad, en muchos casos, es que sólo Manolo o Pili quieren divorciarse. Uno de los dos, no los dos.

Y, ojo, divorciarse no es un delito, y aquí no tiene que haber un culpable maltratador y una pobre víctima. Y no hay divorcios, actualmente, que se decreten por maltrato, salvo mejor información, y en Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

Por supuesto, solteras abstenerse. Para divorciarse hay que casarse previamente, y los nacidos de toda la vida aquí no llevamos a la fuerza, y a punta de navaja, a ninguna moza para que diga SÍ a no sé qué.

Y aquí es muy importante separar las churras de las merinas. Hay un vínculo y hay unas consecuencias. Es decir, dos cositas.

Ahora vemos sobre el MUTUO ACUERDO de la Fiscalía y cómo se habla de VARIAS las modalidades de acceder a la separación y divorcio, que pudieran ser lo mismo. Código Civil:

SEPARACIÓN

-         AMBOS CÓNYUGES

-         MUTUO ACUERDO

 

 

DIVORCIO

-         Ambos cónyuges

-         mutuo acuerdo

-          

-         y Ley de Enjuiciamiento Civil:

Separación o divorcio:

- solicitados de mutuo acuerdo

- común acuerdo por ambos cónyuges

Y aquí están obviando la realidad de las separaciones y divorcios. ¿Por qué se obvia que sólo quiere la separación/divorcio UNO de los dos cónyuges?.

¿Por qué, independientemente de las distintas modalidades que podrían, en teoría, “agruparse” como mutuo acuerdo:

-         Ambos cónyuges

-         mutuo acuerdo

-         común acuerdo por ambos cónyuges?

se agrupa a la que debiera ser la realidad que reconoce el Excmo. Sr. D. Vicente Magro, que sólo quiere la separación/divorcio uno de los dos cónyuges.?

Y nos debemos preguntar por qué muchos profesionales de derecho y las administraciones tienden a poner sólo dos tipos de separaciones/divorcios:

-contenciosos

-mutuo acuerdo

Y asimilado a los MUTUOS ACUERDOS a una tercera opción:

-PEDIDOS POR UN CÓNYUGE CON EL CONSENTIMIENTO DEL OTRO.

Insistimos, en las separaciones y divorcios hay dos cositas: vínculo y consecuencias, pero tres caminos:

- contencioso (aunque, en este caso, si sólo afecta al vínculo….), - - los que podríamos llamar, sin complicarnos mucho, de mutuo acuerdo,

- y los pedidos por un cónyuge con el consentimiento del otro.

Los señores de PP y PSOE son culpables de la chupuza legislativa de que cuando NO hay hijos menores no emancipados e hijos con algún problema, para presentar la demanda de separación y divorcio, sólo se habla de MUTUO ACUERDO, en el Código Civil, ante un notario o el letrado de la administración de justicia. Es decir, por qué narices sólo se contemplan los mutuos acuerdos y no se habla de los pedidos por un cónyuge con el permiso del otro.

Y los legos en derecho nos preguntamos por qué la ley obliga a abogado, o abogado y procurador, cuando una madre, por ejemplo, puede pedir/exigir el divorcio y no tiene obligación legal de asistir a la vista dónde se deciden los derechos personales de sus hijos menores no emancipados. Consulten la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y, más madera, el famoso Ministerio Fiscal, que afirma:

“La intervención del Ministerio Fiscal se dirige siempre a salvaguardar el interés de los menores o incapaces.”

Tampoco tiene que asistir a las vistas en que se deciden los derechos personales de los niños.

https://www.oscar-cano.com/el-ministerio-fiscal-puede-no-estar-presente-en-la-vista/

El Ministerio Fiscal Puede No Estar Presente En La Vista.

 

Tengo experiencia personal de todo esto, añadiendo que jueces han dictado sentencias sin dedicar un segundo a conocer al padre.

Hay un deber del estado español respecto a nuestros niños, que consiste en que los niños conozcan la verdad del ejercicio del derecho a divorciarse, personal, de ambos padres.

No sé lo que pueden decir los jueces cuando cumplimentan el trámite de oír a los menores no emancipados, pero lo primero que les debieran decir:

“Querido niño y ciudadano, supongo que sabrás que estás aquí porque tu padre/madre, o los dos, cuando proceda, ha/n exigido el derecho, personal, a divorciarse. El divorciarse no es ni bueno ni malo, sino legal, y tú no tienes derecho a estar, al mismo tiempo, con los padres, si tus dos padres no te lo conceden. Y ese derecho no te lo garantiza ni el estado español, ni yo……….”

Estos días me ha dicho un padre que su niño/niña salió llorando después de hablar con un juez en un proceso familiar.

Sobran psicólogos y psiquiatras, y causas, salvo haberse casado previa y libremente, para explicar eso del divorcio a los niños, y pedirlo con abogado y procurador. Y eso lo debe saber cualquier cónyuge cuando acude a consultar sobre su decisión legal para acceder al divorcio.

“Sr./Sra., salvo que Ud. traiga a su cónyuge, y a menudo padre de sus hijos comunes, y diga que también quiere divorciarse, debemos ir a un MASC (Medios Adecuados de Solución de Controversias), invitándole a dar su consentimiento para solicitar el divorcio que Ud. desea, que no es ni bueno ni malo, sino LEGAL.”

Quiero pensar que eso es lo que quiere el feminismo subvencionado de España, que las mujeres pidan el consentimiento al que antes se llamaba marido, para divorciarse.

Doy fe que, en nuestro caso no atendieron ni la mayor parte de los jueces, ni secretarios judiciales, ni compareció el Ministerio Fiscal.

¿NOS REÍMOS UN POCO?:

En teoría las ministras, presidentas de Comunidades Autónomas, alcaldesas, diputadas, senadoras, juezas, fiscalas, Letradas de la Administración de Justicia, abogadas, procuradoras, miembras de asociaciones feministas……que quieran divorciarse tienen que pedir en los famosos MASC (Medios Adecuados de Solución de Controversias ):

“CARIÑO, QUIERO DIVORCIARME, TE PIDO QUE CONSIENTAS QUE ME DIVORCIE.”

Si ellas, las mujeres, están contentas, ¿quién soy yo para pedir/exigir cambiar las leyes, y los hábitos judiciales que no exigen a las madres y fiscales acudir a las vistas de divorcio, exigidas por ellas, en que se deciden medidas para niños?.

DOY FÉ.

 

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS

 www.apfsburgos.com

 

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